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Enfermedades – Vitalis https://vitalis.nuna.tech Mon, 05 Nov 2007 16:53:40 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=7.0.2 https://vitalis.nuna.tech/wp-content/uploads/2026/03/cropped-IsoLogoVitalis-32x32.png Enfermedades – Vitalis https://vitalis.nuna.tech 32 32 Medidas contra el Dengue deben extremarse https://vitalis.nuna.tech/2007-2008/medidas-contra-el-dengue-deben-extremarse/ https://vitalis.nuna.tech/2007-2008/medidas-contra-el-dengue-deben-extremarse/#respond Mon, 05 Nov 2007 16:53:40 +0000 https://vitalis.nuna.tech/medidas-contra-el-dengue-deben-extremarse/ En esta sección encontrará un sumario de las más recientes NORMAS AMBIENTALES VENEZOLANAS Actualizado mensualmente por las Abogadas María Elisa Febres y Carla Barrios Fuente: www.tsj.gov.ve 23 de junio de 2008, G.O. Número 38.958 Ministerio del Poder Popular para el Ambiente Resolución Número 50, mediante la cual se extiende el plazo para la cacería de […]

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En esta sección encontrará un sumario de las más recientes

NORMAS AMBIENTALES VENEZOLANAS

Actualizado mensualmente por las Abogadas María Elisa Febres y Carla Barrios

Fuente: www.tsj.gov.ve

23 de junio de 2008, G.O. Número 38.958

Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Resolución Número 50, mediante la cual se extiende el plazo para la cacería de ejemplares de la especie Caimán crocodilus (Baba), temporada 2008, hasta el 15 de julio de 2008.

3 de junio de 2008, Decreto No. 6.138
Decreto mediante el cual se declara Área Bajo Régimen de Administración Especial bajo la Figura de Santuario de Fauna Silvestre, con el nombre de Cuevas de Paraguaná, a cuatro (04) porciones del territorio nacional ubicadas en la Península de Paraguaná.

3 de junio de 2008, Decreto No. 6.139

Decreto mediante el cual se dicta el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Ticoporo

14 de mayo de 2008, Decreto No. 6.070

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Bosques y Gestión Forestal , que tiene por objeto establecer los principios y normas para la conservación y uso sustentable de los bosques y demás componentes del patrimonio forestal, en beneficio de las generaciones actuales y futuras, atendiendo al interés social, ambiental y económico de la Nación

21 de mayo de 2008 — G. O. Número 38.935

Asamblea Nacional
Acuerdo mediante el cual se promueve en todos los espacios internacionales, legislativo y ejecutivo, la promulgación de la Carta del Ambiente para América Latina y el Caribe.

24 de abril de 2008 — Número 38.917

Acuerdo de la Asamblea Nacional mediante el cual se exhorta a las comunidades organizadas, a celebrar el Día Mundial de la Tierra, con la realización de actividades permanentes de educación y protección ambiental.

18 de abril de 2008 — Número 38.913

Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, Resolución No. 0035 del 17 de abril de 2008, por la cual se prohíbe en el territorio de los estados Apure, Aragua, Barinas, Portuguesa y Zulia, por el lapso de tres (3) años, la explotación y aprovechamiento de árboles de la especie Pitecellobium saman (Samán).

29 de Febrero de 2008 — G. O. Número 38.881

esolución número 020 del MinAmb, por la cual se prohíbe la construcción de nuevas infraestructuras dentro del Parque Nacional Archipiélago Los Roques, salvo que las mismas respondan a un Plan de Gobierno sujeto a la capacidad de carga del parque, a la zonificación del mismo conforme a lo previsto en el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso, y previo cumplimiento de la normativa aplicable. Asimismo, se regulan las ventas de infraestructuras existentes.

Resolución número 021 del MinAmb, por la cual se prorroga por dos años el lapso de suspensión de trámite y otorgamiento de nuevos contratos de concesiones para realizar dentro de la jurisdicción del Parque Nacional Archipiélago Los Roques, actividades de tipo comercial, turísticas, recreacional y de servicios, salvo las excepciones que en ella se mencionan.

09 de Abril de 2007 — G.O. Número 38.659

Decreto Nº 5.274, mediante el cual se dicta el Reglamento Orgánico del
Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas.

20 de Noviembre de 2006 — G. O. Número 38.567
Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, Resolución por la cual se prohíbe el aprovechamiento de recursos forestales, así como la tala y deforestación de vegetación alta, en los Municipios que en ella se mencionan.

08 de Diciembre de 2006 — G. O. Número 38.580
Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, Resolución por la cual se establece el formato oficial de «Guía de Circulación de Productos Forestales», para amparar el transporte y depósito de productos forestales.

2 de enero de 2007 — Gaceta Oficial Nº 38.595

Ley de Aguas

22 de diciembre de 2006 — Gaceta Oficial Número 38.590
Ley Orgánica del Ambiente (Véase N° 5.833 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA de esta misma fecha.)

04 de Mayo de 2005 — Número 38.179

Presidencia de la República , Decreto N° 3.448, mediante el cual se dicta el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de las Zonas de Utilidad Pública y de Interés Turístico,
Dependencias Federales: Isla La Tortuga, Islas Las Tortuguillas, Cayo Herradura y Los Palanquines (Se reimprime por fallas de originales).

01 de Abril de 2005 — Número 38.157

Instituto Nacional de la Pesca y Acuicultura , Providencia administrativa para controlar las enfermedades en crustáceos cultivados y silvestres
Providencia administrativa donde se establecen las condiciones bajo las cuales se regula la importación de ejemplares de camarón de la especie litopenaeus vannamei libre de patógenos específicos (SPF), resistentes al virus del Taura, en cualquier fase de su ciclo de vida, con fines estrictamente reproductivos.

18 de Marzo de 2005 — Número 38.150

Ministerios de Salud y Desarrollo Social y del Ambiente y de los Recursos Naturales . Resolución Conjunta Nº 104 MSDS y 022 MARN, por la cual se consideran playas aptas para balnearios y deportes acuáticos las que en ella se señalan
09 de Febrero de 2005 — Número 38.123

Decreto N° 3.460, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia en los estados Aragua, Carabobo, Falcón, Miranda, Vargas, Yaracuy y el Distrito Metropolitano.

27 de Enero de 2005 — Número 38.116

Decreto N° 3.412, mediante el cual se declara zona especialmente afectada para la ejecución del «Proyecto de Canalización de la Quebrada Tacagua Estado Vargas», al área que en él se señala.-

27 de Enero de 2005 — Número 38.116

Decreto N° 3.413, mediante el cual se dicta el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Área de Protección y Recuperación Ambiental del Estado Vargas (Eje Arrecife-Los Caracas)

21 de Enero de 2005 — Número 38.112

Decreto N° 3.416 del 11 de Enero de 2005 mediante el cual se dicta el Decreto Sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Central.- (Se reimprime por error material del ente emisor).

05 de Enero de 2005 — Número 38.100

Resolución por la cual se notifica la suscripción del Contrato Marco de Concesión para el Acceso a los Recursos Genéticos con la Fundación La Salle de Ciencias Naturales (FLASA), en la persona de su Presidente Hermano José Pereda Núñez.

05 de Enero de 2005 — Número 38.100

Resolución por la cual se notifica la suscripción del contrato de acceso a los recursos genéticos con la ciudadana norteamericana Jessica Eberhard, para la ejecución del proyecto «Evolución de la comunicación vocal del perico cara sucia ( Aratinga pertinax )».

05 de Enero de 2005 — Número 38.100

Resolución por la cual se establecen los fundamentos, objetivos y normas generales, conforme a los cuales se ejecutará el Programa del Manejo Integral Comunitario del Bosque.- (Véase N° 5.755 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

10 de Enero de 2005 — Número 38.103

Decreto N° 3.408, mediante el cual se dicta el Decreto sobre Reorganización de la Tenencia y Uso de las Tierras con Vocación Agrícola.

23 de Diciembre de 2004 — Número 38.093

Ley Aprobatoria del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura.-

23 de Diciembre de 2004 — Número 38.093

Ley Aprobatoria del Convenio para el Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe.-

22 de Diciembre de 2004 — Número 38.092

Ley Aprobatoria del «Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional».-(Véase N° 5.746 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

20 de Diciembre de 2004 — Número 38.090

Ministerio de Agricultura y Tierras , Instituto Nacional de la Pesca y Acuicultura , Providencia Administrativa para Regular la Pesca o Captura del Recurso Hidrobiológico Sardina (Sardinella aurita).

07 de Diciembre de 2004 — Número 38.081

Ley Aprobatoria del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático.

18 de Noviembre de 2004 — Número 38.068
Ley de Residuos y Desechos Sólidos

17 de Noviembre de 2004 — Número 38.067
Resolución MARN No. 240 del 15-11-2004, por la cual se prohíbe en todo el
territorio nacional a partir del 15 de noviembre de 2004 hasta el 1 de marzo
de 2005, la extracción, transporte, comercialización, aprovechamiento y
cualquier otro tipo de intervención de los briofitos (musgos, hepáticas y
antoceros) y líquenes, en terrenos del dominio público o privado de la nación
y en terrenos de propiedad privada.

11 de Noviembre de 2004 — Gaceta N° 5.735 Extraordinario
Decreto N° 3.228 mediante el cual se dictan las Normas para Regular y
Controlar el Consumo, la Producción, Importación, Exportación y el Uso de las
Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

21 de Octubre de 2004 — Número 38.048
Asamblea Nacional
Acuerdo mediante el cual se insta al Ejecutivo Nacional, a los pueblos,
comunidades y organizaciones indígenas a crear los mecanismos alternativos
para garantizar su espacio vital.

14 de Octubre de 2004 — Número 38.043

Instituto Nacional de la Pesca y Acuicultura
Providencia Administrativa para establecer las condiciones bajo las cuales se
instalará un equipo o dispositivo exclusor de Tortugas Marinas (DET) para
evitar la captura incidental de Tortugas Marinas durante la Faena de Pesca.

22 de Septiembre de 2004 — Número 38.028

Decreto N° 3.110, mediante el cual se dicta el Plan de Ordenamiento y
Reglamento de Uso de la Reserva Forestal Imataca, estados Bolívar y Delta
Amacuro.
El texto completo puede verse en: http://www.tsj.gov.ve/gaceta/Septiembre/220904/220904-38028-01.html

22 de Junio de 2004 — Número 37.965

Asamblea Nacional. Acuerdo mediante el cual se exhorta al Ejecutivo Nacional a diseñar y ejecutar políticas públicas coherentes dirigidas al logro de un desarrollo humano sostenible, trazar estrategias de combate contra la pobreza, incluidas la lucha contra la desertificación y la consolidación de una cultura de coordinación de los Planes de Acción Nacional Contra la Desertificación con otras prioridades del Desarrollo Nacional, en los términos que en él se indica.

16 de Junio de 2004 — Número 37.961

Asamblea Nacional. Acuerdo mediante el cual se manifiesta nuestra profunda preocupación ante la presencia de la Lemna m ínima f ill , cuyos efectos hacen estimar para la fecha de hoy la necesidad de retirar miles de toneladas de materia vegetal bajo técnicas improvisadas y mejoradas en el ejercicio de las mismas, más no como una tecnología rutinaria de ningún organismo, en los términos que en él se indica.

14 de Junio de 2004 — Número 37.959

Decreto N° 2.966, mediante el cual se declara la emergencia en el Lago de Maracaibo y sus Estados adyacentes, afectados por la presencia masiva de superfloración de macrofitas acuáticas Lemna sp., en los términos que en él se indica.

26 de Mayo de 2004 — Número 37.946

Decreto N° 2.901, mediante el cual se dicta el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Refugio de Fauna Silvestre, Reserva de Pesca y Zona Protectora Caño Guaritico.

02 de Abril de 2004 — Número 37.912

Ministerios de Salud y Desarrollo Social y del Ambiente y de los Recursos Naturales Resolución por la cual se declaran Playas aptas y no aptas para uso de sol y baño durante el período de Semana Santa 2004, las que en ella se señalan.

12 de Abril de 2004 — Número 37.915

Ministerios de la Producción y el Comercio y del Ambiente y de los Recursos Naturales. Resolución por la cual se autoriza un aumento, hasta un máximo de los precios medios referenciales, que se vienen aplicando a la fecha, para la prestación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento, en todo el territorio nacional.

14 de Abril de 2004 — Número 37.91

Resolución MARN por la cual se suspende el trámite y otorgamiento de nuevos contratos de concesiones para realizar dentro de la jurisdicción del Parque Nacional Archipiélago Los Roques, las actividades que en ella se señalan, en los términos que en ella se indican.

25 de Febrero de 2004 — Número 37.885

Resolución MARN No. 153 mediante la cual se dispone que la movilización y transporte de machihembrado en todo el territorio nacional debe estar amparada por guías de circulación, para controlar la procedencia legal de la madera utilizada en la elaboración del producto

19 de Febrero de 2004 — Número 37.883

Resolución Conjunta No. 067 MSDS y No. 152 MARN, mediante la cual se declaran playas aptas para uso de sol y baño durante el período de Carnavales 2004, las que en ella se señalan.

26 de Enero de 2004 — Número 5.691 Extraordinario

Decreto N° 2.810, mediante el cual se reforma el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso del Area Crítica con Prioridad de Tratamiento de la Cuenca del Lago d e Valencia .

22 de Diciembre de 2003 – G.O. Número 37.844

Resolución MARN No. 101 del 14-11-2003 por la cual se dictan las Normas para Regular el Aprovechamiento de los Recursos Hidrobiológicos en el Refugio de Fauna Silvestre y Zona Protectora de la Tortuga Arrau

29 de Octubre de 2003 – G.O. Número 37.806

Decreto N° 2.665, mediante el cual se crea con carácter permanente, la Comisión Presidencial para la Reconversión Industrial y Reindustrialización

9 de Octubre de 2003 – G.O. Número 37.793

Resolución MARN 090 del 03-10-2003 por la cual se dispone que el ejercicio de la Cacería Deportiva se regirá por las disposiciones contenidas en esta Resolución y por las especificaciones contenidas en el Calendario Cinegético que elaborará el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.

6 de Octubre de 2003 — G.O. Número 37.790

Resolución MARN 085 del 30-09-2003 por la cual se notifica la suscripción del Contrato Marco de Concesión para el Acceso a los Recursos Genéticos con el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (INIA), para la ejecución de proyectos de investigación científica.

Resolución MARN 086 del 30-09-2003 por la cual se notifica la suscripción del Contrato Marco de Concesión para el Acceso a los Recursos Genéticos con el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), para la ejecución de proyectos de investigación científica.

Resolución MARN 087 del 30-09-2003 por la cual se notifica la suscripción del Contrato de Acceso a los Recursos Genéticos con el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (INIA), para la ejecución del Proyecto «Aprovechamiento de los Recursos Genéticos de Papaya para su Mejoramiento y Promoción».

Resolución MARN 088 del 30-09-2003 por la cual se notifica la suscripción del Contrato Marco de Concesión para el Acceso a los Recursos Genéticos con la Universidad Simón Bolívar (USB), para la ejecución de proyectos de investigación científica.

3 de octubre 2003 — G.O. Número 37.789

Resolución 084 MARN del 30-09-2003 por la cual se notifica la suscripción del Contrato Marco de Concesión para el Acceso a los Recursos Genéticos con la Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG), para la ejecución de proyectos de investigación científica.

Lunes 29 de Septiembre de 2003 — G.O. Número 37.785

Decreto N° 2.623, mediante el cual se dicta el Reglamento Orgánico del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.- (Véase N° 5.664 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

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https://vitalis.nuna.tech/2007-2008/medidas-contra-el-dengue-deben-extremarse/feed/ 0
El dengue: Una picada peligrosa https://vitalis.nuna.tech/2003-2004/el-dengue-una-picada-peligrosa/ https://vitalis.nuna.tech/2003-2004/el-dengue-una-picada-peligrosa/#respond Mon, 19 Jan 2004 18:12:02 +0000 https://vitalis.nuna.tech/el-dengue-una-picada-peligrosa/ Tras la pista del peligroso mosquito patas blancas

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Por Diego Díaz Martín, VITALIS

Los mosquitos transmisores del Dengue son insectos con un ciclo de vida relativamente corto, que puede llegar hasta 40 días en promedio, dependiendo de las condiciones donde habite. A diferencia de otros parientes, prefiere las aguas blancas donde se reproducen con una facilidad impresionante, y no en las aguas negras y contaminadas como mucha gente piensa.

Baldes, poncheras, platos de macetas, pipotes, floreros, aires acondicionados, neveras, ollas, tanques y demás artículos y equipos de uso cotidiano en nuestros hogares son sus favoritos para multiplicarse. Allí la hembra deposita entre 250 y 500 huevos, de los cuales pueden salir las larvas en apenas pocos días o en seis meses, cuando las condiciones de humedad del ambiente así lo permitan. De allí que su aparición se intensifica con la llegada de las lluvias, aunque el mosquito está presente en nuestro entorno cercano durante todo el año.

Su ámbito de acción es básicamente doméstico; desde un closet hasta debajo de la cama. De hecho, permanecen en un espacio que pocas veces excede los 100 metros de distancia de nuestros hogares, con lo cual garantizan la reproducción de las hembras, basada en su alimentación de sangre humana. Por su parte, los machos se nutren del néctar de algunas flores. Se encuentran en diversas altitudes, prefiriendo aquellas regiones por debajo de los 1.200 metros.

Las hembras contaminadas por el virus del dengue pueden picar a los seres humanos hasta un promedio de 15 a 30 veces durante su vida, independientemente del lugar de la casa donde se encuentren, pues poseen sofisticados sistemas para detectar la temperatura corporal humana y así asegurar su alimentación. Aunque independientes de la hora del día, prefieren atacar a sus víctimas en horas de la mañana y al final de la tarde. Su saliva sirve al mismo tiempo de anticoagulante y anestesia, con lo cual se facilita la picadura, y por ende, la transmisión del virus de la enfermedad. Esta saliva es la principal responsable de la reacción inflamatoria que provocan en nuestra piel al picar. En respuesta a esta agresión externa, nuestros mastocitos, células encargadas de la reacción alérgica, vacían su contenido de histamina, junto con otros mediadores de la inflamación. Al contrario de lo que parece, la roncha que apreciamos en la zona de una picadura es una respuesta corporal más que la agresión del insecto en sí.

La transmisión del virus del Dengue de mosquito a mosquito puede realizarse inclusive de una generación a otra, a través de los huevos. Es decir, una hembra infectada que se reproduce, invariablemente contaminará su descendencia.

Es importante hacer notar que el Dengue, no se transmite directamente de una persona a otra. Los enfermos suelen infectar a los mosquitos desde el día anterior hasta el final del período de fiebre que es, en promedio, de unos cinco días. El mosquito comienza a infectar de 8 a 12 días después de alimentarse con sangre, y así continua durante toda su vida.

El Problema

Este mosquito existe en más de 100 países del mundo, con lo cual al menos 2.500 millones de personas están en riesgo de contraer la enfermedad. En nuestro país, de acuerdo con el último boletín de alerta del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, se han registrado más de 20 mil casos, que le confieren un carácter epidémico a su ocurrencia en el país, detectada una vez más, sin avances para minimizar su incremento a nivel nacional, y duplicándose en comparación con las cifras del pasado año.

Los datos están actualizados hasta la semana 30 del año 2001, son los siguientes:

Entidad Año 2.000 Año 2.001
Distrito Metropolitano

318

2298

Amazonas

11

16

Anzoátegui

87

715

Apure

436

97

Aragua

267

1724

Barinas

301

1425

Bolívar

110

423

Carabobo

409

441

Cojedes

16

131

Delta Amacuro

8

1

Falcón

2349

215

Guárico

106

638

Lara

815

2521

Mérida

894

1207

Miranda

406

2992

Monagas

258

391

Nueva Esparta

73

391

Portuguesa

37

82

Sucre

256

464

Táchira

430

1304

Trujillo

174

553

Vargas

30

332

Yaracuy

109

410

Zulia

2055

1746

Total

10655

20532

FUENTE: MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

¿Cómo evitar ser contagiado?

 

El único método disponible en la actualidad para prevenir la enfermedad es controlando la presencia del patas blancas en el ámbito familiar, así que:

 

Coloque mosquiteros para evitar ser picado

Utilice repelentes, particularmente aquellos de alta duración y efectividad

Evite mantener envases de agua destapados, tales como poncheras, ollas, floreros, tobos, pipotes y tanques. Asegúrese también que los aires acondicionados, neveras y demás electrodomésticos con un alto consumo de humedad no se hayan convertido en criaderos de mosquitos.

En caso que su casa o comunidad se encuentre altamente invadida de mosquitos, coordine con las autoridades locales y del Ministerio de Salud y Desarrollo Social la fumigación de su hogar y las zonas vecinas. Aunque este método sólo elimina los adultos, ha probado ser muy efectivo en la eliminación de los vectores, y la disminución de la aparición de la enfermedad.

Pregunte a las autoridades cómo eliminar las larvas existentes en los cuerpos de agua. Algunos insecticidas pueden ser muy útiles en este proceso, pero debe usarse concientemente, pues el remedio, puede ser peor que la enfermedad.

Diríjase a su médico en caso de cualquier síntoma asociado a la enfermedad, como fiebre alta de tres a cinco días, dolores intensos de cabeza, dolores en los huesos, pérdida del apetito, erupciones y alteración del sistema gastrointestinal, entre otros.

Medidas para mitigar la enfermedad

 

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, las medidas para mitigar la enfermedad comprenden:

 

Preventivas:

 

Educación ambiental y sanitaria que incluya la destrucción de los criaderos y la protección contra la picadura de los insectos.

Monitoreo de la cantidad de mosquitos existentes en una determinada localidad

Curativas y de control:

 

Reporte a las autoridades de cualquier foco epidémico.

Aislamiento y tratamiento del enfermo, para garantizar su pronta recuperación, disminuyendo la posibilidad de que otros miembros del ámbito familiar sean contagiados.

Documentación de los casos: quién, dónde y cuándo se contagió.

Tratamiento médico específico.

Internacionalmente:

 

Cumplimiento de los acuerdos transnacionales destinados a evitar la propagación de la enfermedad por personas, monos y mosquitos, y su traslado por barcos, aviones o medios de transporte terrestre desde las zonas donde existe infección.

Resulta impostergable que los gobiernos regionales y locales, en coordinación con el ejecutivo nacional, amplíen sus estrategias educativas durante la temporada de sequía, de forma tal de prevenir las consecuencias y no sólo unir esfuerzos en la emergencia. Se requieren campañas de información y concienciación de la colectividad para evitar la presencia del mosquito, y así minimizar las posibilidades de contagio.

]]> https://vitalis.nuna.tech/2003-2004/el-dengue-una-picada-peligrosa/feed/ 0 La Dimensión Ambiental del Dengue https://vitalis.nuna.tech/2000-2002/la-dimension-ambiental-del-dengue/ https://vitalis.nuna.tech/2000-2002/la-dimension-ambiental-del-dengue/#respond Mon, 20 Aug 2001 04:31:55 +0000 https://vitalis.nuna.tech/la-dimension-ambiental-del-dengue/ Por Diego Díaz Martín, Presidente de VITALIS Recientemente hemos redescubierto el pandémico peligro del Dengue, una enfermedad cuyo efectivo control depende en gran medida del entendimiento de sus dimensiones ambientales. De acuerdo con el último boletín de alerta del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, en Venezuela se han registrado más de 20.532 casos, cifra […]

]]> Por Diego Díaz Martín, Presidente de VITALIS

Recientemente hemos redescubierto el pandémico peligro del Dengue, una enfermedad cuyo efectivo control depende en gran medida del entendimiento de sus dimensiones ambientales.

De acuerdo con el último boletín de alerta del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, en Venezuela se han registrado más de 20.532 casos, cifra que excede en 9.877 reportes las estadísticas del pasado año para esta misma fecha.

Los datos actualizados hasta la semana 30 del año 2001, reflejan algunos detalles interesantes a ser evaluados. Por ejemplo, se han incrementado dramáticamente las cifras para el Distrito Metropolitano, Aragua, Barinas, Bolívar, Guárico, Lara, Miranda, Nueva Esparta, Táchira y Trujillo. Por su parte, Apure y Zulia lograron un importante descenso.

¿A qué se deben tales diferencias?. ¿Será que hemos descuidado nuestros esfuerzos de prevención, fumigación y control de vectores? ¿Estaremos realizando lo necesario para educar las comunidades y disminuir los riesgos ocasionados por la proliferación de los mosquitos transmisores de la enfermedad?.

Probablemente no tengamos todas las respuestas, pero de algo si estamos seguros… quizá no estamos manejando bien la enfermedad.

Por donde se le mire, el Dengue es un problema grave para Venezuela, más allá de lo sanitario que de por sí es suficientemente importante. Por ejemplo, desde el punto de vista económico, esta enfermedad afecta la productividad de los trabajadores y las empresas. Solo para Venezuela, su incidencia podría ser cuantificada en al menos mil doscientos setenta millones de bolívares por concepto de salarios.

A nivel mundial, al menos 2.500 millones de personas están en riesgo de contraer la enfermedad, y el único método disponible en la actualidad para prevenirla es controlando la presencia del mosquito en el ámbito familiar, el cual prefiere las aguas blancas, y permanece en un área no mayor a los 100 metros de distancia de las casas, con lo cual estamos en presencia de un vector eminentemente doméstico.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, las medidas para mitigar la enfermedad comprenden fundamentalmente la educación ambiental y sanitaria, que incluya la destrucción de los criaderos, la protección contra la picadura de los insectos y el monitoreo de la cantidad de mosquitos existentes en una determinada localidad.

Quizá sea necesario prestar más atención a aquel viejo refrán que dice “más vale prevenir que lamentar” dedicando un presupuesto justo para mantener un equipo técnico que actuando con suficiente antelación, y evaluando la enfermedad en un contexto eminentemente ambiental, disminuya los riesgos de propagación de la enfermedad, sensibilizando, informando y formando a la colectividad en torno a los mecanismos disponibles para evitar ser infectado.

Resulta impostergable que los gobiernos regionales y locales, en coordinación con el ejecutivo nacional, amplíen sus estrategias de acción durante la temporada de sequía, de forma tal de prevenir las consecuencias y no sólo unir esfuerzos en la emergencia durante la época de lluvias. Se requieren campañas permanentes de concienciación, con el apoyo de los medios de comunicación social y la empresa privada, para evitar males mayores y minimizar los obstáculos hacia un desarrollo armónico.

Más allá de lo sanitario, el Dengue debe ser visto en su dimensión ambiental. Así podremos actuar con mayor efectividad y eficiencia.

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